Caso Rolex: Magistrado ahora culpa de «incompetente» a la PGJEBCS

El magistrado Paul Razo Brook dijo que es acusado "injustificadamente", después de liberar al violador y director del circo "Rolex".

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La Paz/Baja California Sur/Noticias.- El magistrado de la Tercera Sala Unitaria Penal y de Justicia para Adolescentes del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja California Sur, Paul Razo Brooks, se lavo las manos sobre la polémica liberación del director general del Circo «Rolex», Jesús Apolo «N». Culpó de todo y hasta llamó «incompetente» a la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE).

En su cuenta oficial de Facebook, el magistrado consideró que la información publicada por algunos medios (no señaló concretamente a nadie) es «incompleta», porque «la información que ahí se publica no es totalmente lo que se resolvió por el órgano jurisdiccional a mi cargo, sino que sólo lo hace de forma tendenciosamente parcial, con la finalidad de mal informar y sobre todo denostar la función que desempeño de alto grado de responsabilidad, pues en nuestras manos está el acceso a la justicia de las personas, y debo apegarme a la legalidad pues es lo que proteste ante la Constitución«.

Aquí puedes leer la investigación completa sobre el polémico caso del magistrado Paul Razo Brooks: https://metropolimx.com/paul-razo-brooks-la-sombra-de-la-corrupcion-en-el-tsjebcs/

Sin aclarar de entrada el tema del soborno que –según presumió la propia familia del violador a conocidos, habían pagado al magistrado– dijo que el caso se resolvió en cumplimiento a un amparo otorgado por el apelante (Jesús Apolo «N»), por lo que «la falta de responsabilidad y exhaustividad que en un asunto de esta naturaleza, debe volcar todos los esfuerzos de la autoridad que investiga. Evidenciando la falta de protocolos en la materia por quién le corresponde esa obligación de investigar y acusar, no cumpliéndose así el objeto del proceso penal que es que el delito no quede impune”.

En su publicación, Paul Razo Brooks, guardó silencio sospechoso sobre la resolución del Quinto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, donde fue ordenado que única y exclusivamente se llevara a cabo la audiencia de alegatos aclaratorios y se dictara nuevamente sentencia con plenitud de juridicción.

«En la resolución del Amparo Directo, según copia del expediente 199/2020, obtenido en una investigación de MetrópoliMx, nunca fue solicitado entrar a estudiar de fondo ninguno de los conceptos de la violación expuestos por la defensa de Jesús Apolo «N», lo que significa que se emitió resolución alguna respecto a si existió o no violencia moral para la comisión del delito».

Sin embargo, el magistrado Paul Razo Brooks, buscando una argucia legaloide para liberar al violado, y  excediéndose sospechosamente en el cumplimiento del amparo, entró a estudiar si hubo o no violencia moral, que fue uno de los tres supuestos agravios que la defensa de Jesús Apolo «N», expuso en su queja, cuando promovió el juicio de amparo directo.

Después de haber sentenciado primero al violador con 10 años de cárcel, y después retractarse, al punto de cambiar el sentido de su resolución, salió a defender al violador: «evidencié la irresponsable acusación realizada en cuanto al hecho (modo, tiempo y lugar), pues nunca se plasma  como se dio el modo de comisión del hecho delicitivo (amenazas, gritos, o cualquier otro en relación como sucedió este). Lo cual atenta a los principios de legalidad, debido proceso y derecho a la defensa, pero sobre todo el derecho a la verdad de la víctima«.

Asimismo, dijo que evidenció la falta de exhaustividad en la recopilación de pruebas científicas que sirvieran para robustecer la acusación, inclusive en algunas que no le beneficiaban.

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El magistrado dijo que inclusive el Ministerio Público se desistió «en cuanto a pruebas admitidas (testigos y peritos) que cuya información era importante para el esclarecimiento del hecho, pero por alguna razón decidió no desahogar dichas testimoniales en la etapa correspondiente».

«Evidencié la pasividad del Ministerio Público actuante y el asesor víctimal en la fase recursiva y en la audiencia de alegatos en segunda instancia, ante el embate del defensor particular respecto a sus agravios, pues solo se limitaron a expresar nada que manifestar, no ejerciendo el derecho a la contradicción, ni tampoco contestaron los agravios ni se adhirieron al recurso para fortalecer su postura«, cito textualmente.

El magistrado reconoció que si existían elementos para poder comprobar un hecho que la ley señala como delito de Violación Equiparada (artículo 178 Código Penal), más no Violación Genérica (artículo 177), pues «en el que propongo no debe demostrarse la violencia como medio de comisión del hecho delictivo, y sobre todo cuando la víctima no puede resistir por cualquier causa un ataque de esta naturaleza.

Sin embargo, expuso que «el órgano jurisdiccional está impedido para cambiar la clasificación jurídica del delito, pues ello le corresponde al Ministerio Público en atención al artículo 398 del Código Nacional de Procedimientos Penales que indica los momentos en la etapa de juicio en que se puede realizar, lo cual evidencia a quien le corresponde esa actividad procesal«.  

Tratando de limpiar su nombre, Paul Razo Brooks, todavía dijo que «de igual forma es preciso señalar que la resolución en análisis, está en el escrutinio legal ante el órgano de justicia federal, quien tendrá la última palabra para determinar si dimos cumplimiento correcto a su resolución o existió en su caso exceso o defecto«.

En concreto, el magistrado dijo que en el Caso Rolex, «no se evidencia corrupción, sino se evidencia ineptitud, y no es la de un servidor«. 

El magistrado dijo ser víctima de una acusación injustificadamente, pero advirtió de que «esta resolución que hoy se me acusa injustamente, existirá una versión pública, por lo que estará disponible para su consulta a través de los medios correspondientes«.

2 COMENTARIOS

  1. EL Señor Magistrado Paul Razo , debe renunciar a sus responsabilidades, pues no es posible , a estas alturas de sudcalifornia, cuando entramos a una nueva era de la transformacion, contar con este tipo de personajes, que facultados para convertirse en la voz de la Ley, hacen daño a los ciudadanos, como se evidencia en la nota lineas arriba; este sujeto debera dejar la imparticion de la justicia; el pueblo sudcaliforniano no merece mas este tipo de gentes en los cuales existe duda, que se aprovechan del coto de poder que ostentan, y que otros les otorgan sin merecimiento alguna; estoy convencido, que si este señor tiene un ápice de verguenza deberá de renunciar de Inmediato. por salud publica y por respeto asi mismo debera retirarse. Autor de la opinion. M.I. Jose Gustavo Alvarez.

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