Cabo San Lucas, Baja California Sur.– La candidata a la reelección como diputada del IX Distrito Electoral Local de Baja California Sur, Gabriela Montoya Terrazas, fue denunciada penalmente en la agencia del Ministerio Público de la Unidad Especializada en Investigación y Judicialización de Delitos Electorales de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE).
La denuncia fue presentada este lunes 20 de mayo por la presidenta del Comité Directivo Estatal del PAN, Guadalupe Saldaña Cisneros, y el abogado Jesús Méndez Vargas, quedando bajo el número de Carpeta de Investigación LPZ/3450/2024/NUC.
La candidata de la Coalición «Sigamos Haciendo Historia«, fue videograbada, solicitando votos a una líder de colonia, a cambio de pagar 8 mil pesos para la construcción del techo de su casa en este destino turístico.
En el video difundido por MetrópoliMx, la candidata de MORENA, PT, PVEM y PANAL, aparece sentada en una silla de plástico sentada en el patio de una casa, hablando con una mujer.
«Yo te voy ayudar con el techo, y te lo voy a dar, por adelantado para que ahora sí digas…«, inicia la conversación la candidata, pero es interrumpida por la mujer, con «No, yo te voy ayudar a eso«.
La candidata conocida como Gaby Montoya, retira la palabra a su interlocutora, y vuelve a la cargada:
«Porque también te quede pendiente, el tiempo que no te ayude, yo te voy, yo te voy a dar, ya saque la cuenta, son como 8 mil pesos, yo te voy a dar para que tu guardes el dinero, compres el material, lo dejes pagado, lo que tú quieras, y empezamos a trabajar con eso, a la gente ahorita no le ofrezcas materiales, pero a la gente podemos ayudarle con bolsitas (despensas), pipas , con medicamentos, con otras cosas«.
El Artículo 7 Fracción VII de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, establece que se impondrá de cincuenta a cien días de multa y prisión de 6 meses a tres años a quien:
VII.- «Solicite votos por paga, promesas de dinero u otra contraprestación o bien mediante violencia o amenazas, presione a otro a asistir a eventos proselitistas o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, durante la campaña electoral, el día de la jornada electoral o en los tres días previos a la misma«.
Peor aún.
La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, prevé hasta la cancelación de la candidatura, en caso de probarse el delito cometido, según establece el Artículo 456 Fracción III: «Con la pérdida del derecho del precandidato infractor a ser registrado o, en su caso, si ya está hecho el registro, con la cancelación del mismo».
AQUI PUEDES VER EL VIDEO COMPLETO: https://www.facebook.com/reel/296312200202142