CDMX/México/Noticias.-La organización Artículo 19, logró el amparo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra la Ley General de Comunicación Social, conocida como «Ley Chayote».
Después de tres años de litigio, la sentencia de la SCJN, ordena al Congreso de la Unión subsanar las deficiencias de dicha Ley antes de que finalice el periodo ordinario de sesiones 2021.
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá explicó que “cuando el legislador federal tiene ese conocimiento del campo regulatorio y decide no ejercer sus facultades constitucionales para repararlo vía la emisión de un marco normativo adecuado, preciso y eficaz, resulta partícipe de quién lleva a cabo sus atribuciones en forma omnímoda o arbitraria”.
La autocensura
Para la Primera Sala, resultó evidente que el órgano legislativo era consciente de la existencia de un problema en la asignación de contratos de publicidad oficial a particulares.
Por ello, los legisladores deben regular una protección para el gobernado, «de manera tal que, cuando las autoridades ejecutoras del gasto de Comunicación Social, quisieran servirse de los medios de los particulares para contratar la publicidad oficial, esta no viniera acompañada con una sutil censura en su línea editorial”, anotó el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá .