El primer intocable de BCS

El Tribunal Estatal Electoral de BCS, desechó la denuncia contra el jefe de la Oficina del Ejecutivo, Omar Castro por violencia política de género.

0

La Paz, Baja California Sur.- El pasado 14 de octubre, el jefe de la Oficina del Ejecutivo, Jesús Omar Castro Cota, se convirtió en el primer intocable del sexenio de su amigo y compadre, Víctor Manuel Castro Cosío.

Lo anterior después de que el Tribunal Estatal Electoral de Baja California Sur, resolviera desechara la denuncia de la senadora de la república, María Guadalupe Saldaña Cisneros por violencia política a razón de género, después de ser llamada por el funcionario de la 4T “Francotiradora”, “Mercenaria”, “Pandillera” y “Ave de Mal Agüero” en su cuenta oficial de Facebook.

Los magistrados Sara Flores de la Peña, Betsabé Dulcinea Apodaca Ruiz, Guillermo Green Lucero y Héctor Guadalupe Briseño García, resolvieron que “la inexistencia de la infracción”, luego de haber sido denunciada por la legisladora del Partido Acción Nacional (PAN), votando por unanimidad.

El proyecto de dictamen del procedimiento especial sancionador, bajo el número de expediente TEEBCS-PES-07/2022 fue elaborado por el magistrado en funciones por Ministerio de Ley, Guillermo Green Lucero.

Las expresiones de “Francotiradora”, “Mercenaria”, “Pandillera” y “Ave de Mal Agüero”, no contienen estereotipos de género discriminatorios por ser consideradas únicamente “metáforas” que pueden usarse por cualquier persona indistintamente: Magistrados del TEEBCS

En su defensa, el jefe de la Oficina del Ejecutivo, Jesús Omar Castro Cota, alegó tres cosas.

La primera es que no se configuraban los elementos de violencia política de género, en razón de que, “en forma alguna las expresiones vertidas, no fueron realizadas para menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos ni el ejercicio del cargo público que ostenta (Guadalupe Saldaña) por su sola condición de ser mujer”.

La segunda es que “las manifestaciones vertidas fueron en apego a la libertad de expresión y a la libertad de pensamiento”.

La tercera es que “quienes tienen la calidad de servidores públicos están sujetos a un margen mayor de apertura a la crítica y a la opinión pública”.

AQUI PUEDES LEER LA RESOLUCIÓN COMPLETA: https://drive.google.com/file/d/1AU8HaW9FtbNbxthgZbhCjPI132W0ErcR/view

Sin embargo, y según el Artículo 21 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, establece claramente lo siguiente:

ARTICULO 20 BIS: “La violencia política contra las mujeres en razón de género: es toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo.

Se entenderá que las acciones u omisiones se basan en elementos de género, cuando se dirijan a una mujer por su condición de mujer; le afecten desproporcionadamente o tenga un impacto diferenciado en ella.

Puede manifestarse en cualquiera de los tipos de violencia, reconocidos en esta Ley, y puede ser perpetrada indistintamente por agentes estatales, por superiores jerárquicos, colegas de trabajo, personas dirigentes de partidos políticos, militantes, simpatizantes, precandidatas, precandidatos, candidatas, candidatos postulados por los partidos políticos o representantes de los mismos, medios de comunicación y sus integrantes, por un particular o por un grupo de particulares”.

Sin embargo, y de acuerdo al dictamen de los magistrados, las expresiones de “Francotiradora”, “Mercenaria”, “Pandillera” y “Ave de Mal Agüero”, no contienen estereotipos de género discriminatorios por ser consideradas únicamente “metáforas” que pueden usarse por cualquier persona indistintamente.

Peor aún.

Los magistrados consideraron que “las expresiones se dan dentro del debate político en el ejercicio de la libertad de expresión del denunciado”, por lo que “ensanchan el margen de tolerancia frente a juicios valorativos, apreciaciones o aseveraciones vertidas en esas confrontaciones”.

Así, y de esta manera, los magistrados del Tribunal Estatal Electoral, resolvieron que “no se actualiza la violencia política contra las mujeres a razón de género, y por consiguiente, no queda superado el estándar probatorio de la presunción a favor del denunciado”.

Después de ser emitida la resolución a su favor, el jefe de la Oficina del Ejecutivo, Jesús Omar Castro Cota, se burló de la senadora del PAN, María Guadalupe Saldaña Cisneros, publicando una fotografía, abrazado de su amigo y compadre, Víctor Manuel Castro Cosío.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí