Gobernador de BCS clasifica como reservadas auditorías de Carlos Mendoza

El gobernador Víctor Castro ordenó esconder el nombre del auditor, el contrato y el resultado de la investigación por 5 años.

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La Paz, Baja California Sur.– A espaldas del pueblo, y contraviniendo la política de transparencia promovida por el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, el gobernador de Baja California Sur, Víctor Manuel Castro Cosío, ordenó clasificar como “información reservada” el nombre del proveedor, el currículo y el contrato. Además  el resultado de dos auditorías realizadas al ex gobernador Carlos Mendoza Davis.

La información, según el acta 008/2021 del Comité de Transparencia de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno de Baja California Sur, fue clasificada como reservada. Durará un periodo de cinco años, a partir del 27 de octubre de 2021 y hasta el 27 de octubre de 2026.

Así, y durante todo este tiempo, nadie podrá saber el nombre del despacho contable, el currículo de la compañía, la forma de contratación, y sobre todo, los resultados de las dos auditorías externas que supuestamente fueron contratadas para investigar la corrupción galopante en el gobierno del ex gobernador Carlos Mendoza Davis.

El gobierno de Víctor Manuel Castro Cosío, según el acta de clasificación, habría celebrado dos contratos, bajo el número de folio GBCS/2021-02-CA-05E-06-041 y GBCS/2021-CA-090-23-042.

El Comité de Transparencia de la Secretaría de Finanzas y Administración, considera factible la clasificación de la reserva»

El principal argumento, de acuerdo al acta del Comité de Transparencia de la Secretaría de Finanzas y Administración del gobierno de Baja California Sur, es que “su divulgación obstruye o puede causar un serio perjuicio a las actividades de fiscalización, verificación, inspección, comprobación y auditoría  sobre el cumplimiento de las leyes”.

Por ende, con la difusión de la información, ello (sic) impida u obstaculice el llevar a buen término la auditoría al sexenio del ex gobernador Carlos Mendoza Davis (2015-2021)”, transcribe.

El Comité de Transparencia de la Secretaría de Finanzas y Administración, considera factible la clasificación de la reserva, ya que esta se encuadra en el supuesto mencionado en la Fracción V del Artículo 118 de la citada Ley (de transparencia y Acceso a la Información Pública)”, remata.

La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, trasncribe:

Artículo 118.- Se considera INFORMACIÓN RESERVADA, cuando:

Fracción V.- Obstruya las actividades de verificación, inspección y auditoría relativas al cumplimiento de las leyes o afecte la RECAUDACIÓN DE CONTRIBUYENTES.

El acuerdo fue firmado por los siguientes:

1.- Lic. José Saúl González Núñez. Subsecretario de Administración

2.- C.P. Fernando Flores Trasviña. Director de Política y Control Presupuestario

3.- L.C Alma Gabriela Agúndez Maldonado. Directora de Contabilidad

4.- Lic. Francisco Javier Ángeles Villarreal. Procurador Fiscal

5.- M.A Miguel Ángel Hernández Vicent. Director de Vinculación con Entidades Públicas y Privadas.

Finalmente, los integrantes del Comité de Transparencia, expusieron que “la difusión de la información generaría un riesgo real e identificable, ya que CUALQUIER PERSONA, podría emitir juicios de valor, basados en APRECIACIONES SUBJETIVAS, derivadas del conocimiento parcial”.

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