La Paz, Baja California Sur.– La secretaria de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Baja California Sur, Bertha Montaño Cota, perdió su derecho en el Procedimiento de Revisión RR-I/256/2021, tras no presentarse en la audiencia celebrada el pasado 11 de julio en el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública (ITAI).
En la audiencia, se habrían de desahogar pruebas y alegatos sobre la solicitud de información de MetrópoliMx para obtener la copia del contrato, la forma de contratación y el currículum del despacho que supuestamente elaboró la auditoría al ex gobernador Carlos Mendoza Davis.
Durante el desahogó de la audiencia, el gobierno de Baja California Sur, no envió a ningún representante de sus intereses legales tampoco remitió algún escrito a la oficialía de partes y menos al correo electrónico del ITAI, a pesar de haber sido debidamente notificado en tiempo y forma.
Por haber vencido el plazo, acto procesal o diligencia pendiente de este caso, el ITAI, a partir de hoy preparará el proyecto de sentencia, encaminado a ordenar a la Secretaría de Finanzas y Administración de Baja California Sur, entregar de manera obligatoria la copia del contrato del proveedor de la auditoría, la forma de contratación y el currículum del despacho.
Desde un principio, la secretaría de Finanzas y Administración, Bertha Montaño Cota, se negó a entregar la información, argumentado que era información “reservada” o “clasificada”, sin fundar ni motivar debidamente las razones, motivos o circunstancias especiales que la llevaron a concluir que era información confidencial, tal y como lo establece el Artículo 108 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
La secretaria de Finanzas y Administración de Baja California Sur, violó el derecho de acceso a la información pública de MetrópoliMx y el principio de máxima publicidad, establecido en el Artículo 105 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y el cual establece que “en ningún caso los sujetos obligados (en esta caso, la Secretaría de Finanzas y Administración) podrán clasificar de manera discrecional la reserva o la confidencialidad de la información que tengan en su poder, por lo que en todo momento, deberán sujetarse de manera estricta a los supuestos y procedimientos previstos en la Ley».