La Paz/ Baja California Sur /Noticias.-La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó como procedente y fundado el recurso de queja 3/2020. Esta decisión invalida todas las sesiones, leyes, decretos, acuerdos o cualquier acto legislativo realizado desde que se expulsó a los diputados opositores de minoría, en marzo del 2020.
La invalidación de todos los acuerdos incluiría la nulidad de la aprobación dada al proyecto de la desaladora.
En septiembre del año pasado, la XV Legislatura del Congreso del Estado, aprobó la construcción de la planta desaladora en Los Cabos.
La aprobación se dio en sesión extraordinaria. En el último día para aprobar la licitación de la construcción de la planta. El pleno aprobó por unanimidad las solicitudes del ayuntamiento de Los Cabos para suscribir un contrato de Asociación Pública Privada para desarrollar una planta desaladora de agua de mar.
Además se aprobó un proyecto de mejora de la red de distribución y medición de agua potable. Ambos proyectos con un valor superior a los cinco mil 200 millones de pesos.
La resolución de la Suprema Corte, emitida el pasado 13 de enero, establece que el Congreso del Estado deberá continuar sus actuaciones a partir de la última sesión. La sesión del 17 de marzo del 2020, presidida por la diputada Daniela Rubio Avilés.
«Todas las sesiones y actos posteriores a la misma quedan sin efecto».
En días pasados gobernador del Estado compartió el resolutivo que establece:
El día de hoy, el gobernador llamó a los diputados a dejar las diferencias y trabajar hacia adelante, recalcando que la Suprema Corte le dio la razón. «Por lo que lo aprobado por ambos grupos de diputados carece de validez legal».
En ese sentido de invalidez, quedaría la desaladora en este caso.