TEEBCS: Víctor Castro no incurrió en actos anticipados de campaña

La denuncia era por un video difundido en facebook. Los magistrados consideraron que en el material "no se configuran actos anticipados de campaña, no hay elementos para dicha infracción".

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La Paz/Baja California Sur/Noticias– El Tribunal Estatal Electoral de Baja California Sur desestimó la denuncia presentada por Alma Yadira Velazquez Arce, contra Víctor Castro Cosío y el partido Morena-PT, por presuntos actos anticipados de campaña.

En la sesión plenaria virtual del 10 de marzo, se dictó la sentencia del expediente TEEBCS-PES/06/21

La denuncia era por un video difundido en facebook con la imagen de Víctor Castro Cosío y de Morena. Los magistrados consideraron que en el material audiovisual «no se configuran actos anticipados de campaña, no hay elementos para dicha infracción«.

El TEEBCS consideró que no existe certeza de que el elemento (video) pueda ser atribuido a la parte denunciada. Además de que hubo un deslinde que cumple con las condiciones necesarias para su aplicación.

«En el mensaje contenido en el video, no se advierte un llamado a votar a favor, dicho contenido no trasciende a la ciudadanía«.

Por ello, los magistrados decidieron declarar la inexistencia de infracción, tanto para el partido Morena, como para Víctor Castro.

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La magistrada Betsabe Dulcinea Apodaca afirmó: «A raíz del proceso electoral hemos tenido y seguiremos teniendo este tipo de denuncias. Que buscan que se respeten los derechos que rigen la legalidad, imparcialidad y desde luego la equidad«.

Betsabé Dulcinea comentó que la denunciante afirmó que había actos anticipados de campaña en el video. Pero que, al analizarlos, estos no se configuran, y explicó «deben coexistir tres elementos, el personal, el temporal y el subjetivo«. Elementos que  no aparecían en el video difundido en redes sociales.

La magistrada afirmó que «no hay pruebas suficientes que permitan demostrar la culpabilidad. El mensaje del video denunciado no contiene llamado a votar a favor ni en contra de otra opción».

Por ello, los magistrados declararon la inexistencia de alguna infracción en contra de la normativa electoral.

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